¿Quién y qué intervienen en una herencia?
A la hora de gestionar una herencia hay que tener en cuenta quién y qué interviene para poder recibirla.
Posiblemente hayas hablado con un abogado o conversado con un familiar de confianza sobre la herencia que estás a punto de recibir, y te encuentres con muchas dudas sobre las distintas situaciones, términos y elementos que componen una herencia.
Por nuestra gran experiencia al haber gestionado más 3.000 herencias a lo largo de casi 20 años, sabemos que hay muchos términos y algunos muy difíciles de comprender.
Como te interesa conocer quién y qué interviene en una herencia, aquí tienes un listado de aquellos términos, personas y elementos que son los más habituales por orden alfabético:
- Abintestato. Cuando no existe testamento o este se ha declarado nulo.
- Aceptación de la herencia. Acto y confirmación de la voluntad de recibir una herencia.
- Albacea. Persona que se encarga del cumplimiento de la última voluntad y que figura en el testamento su nombramiento y atribuciones.
- Beneficio de inventario. Aceptación de la herencia por parte de los herederos sin que afecte a sus bienes propias aquellas deudas que existan antes o durante la herencia. La herencia responderá con sus bienes, derechos y acciones al pago de dichas deudas.
- Colación. Regalos en vida por parte de los padres/abuelos a sus hijos o nietos que deben ser tenidos en cuenta a la hora de hacer la herencia.
- Condominio. Cuando dos personas o más son dueñas de un mismo bien, derecho o acción, por partes iguales o no.
- Privación o negación de la herencia a un heredero forzoso o legítimo.
- Donación. Cuando una persona por voluntad propia regala a otra bienes, derechos o acciones.
- Gananciales. Conjunto de sueldos o salarios, alquileres y rentas, inmuebles y cualquier tipo de bien y derecho que han surgido durante el periodo de casados entre los cónyuges.
- Haber hereditario. Derechos, acciones y bienes correspondientes a cada heredero una vez aceptada la herencia.
- Herencia. El conjunto total de bienes, derechos y acciones tras un fallecimiento.
- Herencia yacente. Periodo de tiempo que ocurre desde que existe una herencia y se acepta la misma.
- Herederos forzosos. Familiares y parientes a los que la ley establece la reserva de la legítima.
- Inventario. Listado de todos los bienes, acciones y derechos, así como todas las deudas, cargas y costes de la herencia.
- Legítima. Parte de la herencia, normalmente un tercio, que se ha de dejar forzosamente a determinados parientes.
- Nuda propiedad. Derecho sobre un bien en usufructo que tiene el heredero.
- Partición. Repartir la herencia en la parte correspondiente a cada heredero.
- Renuncia. Cuando uno o varios de los herederos manifiestan no querer adquirir los bienes y derechos de la herencia.
- Renuncia pura y simple. Cuando un heredero renuncia sin manifestar a quien va su herencia, acrecentando a todos los herederos según el testamento.
- Renuncia a favor de parte. Cuando un heredero renuncia, manifestando a favor de que heredero va dicha renuncia.
- Tasación. Valoración del valor de los distintos bienes y elementos a heredar.
- Testamento. Acto y/o documento escrito que indica los bienes a heredar, su reparto y quiénes heredan.
- Usufructo. Disfrutar de los bienes de la herencia y con la obligación de conservarlos tal como se han recibido, extinguiéndose el mismo al fallecimiento del usufructuario.
¿Cuál va a ser el coste de recibir mi herencia?
Todas las herencias, con o sin testamento, conllevan una serie de costes, trámites, gestiones, impuestos y tasas, y es recomendable contar con la ayuda de expertos para evitarte dolores de cabeza y multas durante el proceso y en el futuro.
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