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¿Por qué hay que hacer la declaración de la renta del fallecido?

La razón principal por la que hay que hacer la declaración de la renta del fallecido es porque así lo establece la ley. En este artículo, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este tema.

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Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

 

El artículo 38.1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) dice lo siguiente:

“Los contribuyentes estarán obligados a presentar y suscribir declaración por este Impuesto en los términos previstos en esta Ley y en sus disposiciones reglamentarias.”

Y el artículo 38.2 añade:

“Los contribuyentes fallecidos durante el año natural estarán obligados a presentar declaración por el período comprendido entre el día primero del año natural en el que se produzca el fallecimiento y este último día.”

Es decir, que los herederos deben presentar la declaración de la renta por el difunto como si este siguiera vivo hasta el día de su muerte, y pagar o cobrar lo que corresponda según sus ingresos y gastos.

Sanciones y recargos

 

Además, hay otra razón práctica para hacer la declaración de la renta del fallecido: evitar posibles sanciones o recargos por parte de Hacienda. Si no se presenta la declaración, o se presenta fuera de plazo, o se presenta de forma incorrecta, se puede incurrir en una infracción tributaria que puede acarrear multas e intereses.

Es muy importante cumplir con esta obligación fiscal cuanto antes y con todas las garantías.

 

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¿Qué plazo hay para hacer la declaración de la renta del fallecido?

 

El plazo para hacer la declaración de la renta del fallecido es el mismo que para
el resto de contribuyentes: desde el 7 de abril hasta el 30 de junio del año
siguiente al del fallecimiento.

Por ejemplo, si el fallecimiento se produjo en 2022, el plazo para presentar su declaración será en 2023.

No obstante, si el resultado de la declaración es a ingresar y se domicilia el pago en cuenta bancaria, el plazo finaliza el 25 de junio.

Es conveniente no dejarlo para última hora, ya que puede haber complicaciones o imprevistos que que terminan alargando la resolución de la herencia.

Si lo prefieres, te llamamos nosotros. Cuéntanos.

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