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Certificado de Últimas Voluntades

La primera fase para obtener una herencia es conseguir el certificado de últimas voluntades, pero antes has de solicitar el certificado literal de defunción. Quince días después de que lo tengas puedes solicitar el de últimas voluntades.

El certificado de últimas voluntades acredita la existencia del testamento (o su inexistencia) y da a conocer en que notaría se llevó a cabo.

Junto con éste también has de solicitar el certificado de contrato de seguros, para conocer las pólizas que hubieran sido contratadas sobre vida y/o defunción, y así solicitar las indemnizaciones que puedan corresponder.

Tienes varias formas de solicitar el certificado de últimas voluntades:

  • De forma presencial en la Oficina Central de Atención al Ciudadano o en cualquier oficina de las Gerencias Territoriales, solicitando una cita previa podrás solicitar la expedición de certificados.
  • Mediante un correo remitido al Registro General de Actos de Última Voluntad;
  • Telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, previo pago de las tasas correspondientes.
  • A través de nosotros. Tenemos una oferta por la que nos encargamos de obtener los 3 certificados por 150 €

Si tienes dudas o consultas sobre tu caso particular o sobre la expedición de certificados, nuestros expertos, abogados, notarios y gestores están a tu disposición para resolvértelas.

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Hereda sin moverte de casa

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