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Herencias y obligaciones fiscales

Herencia y obligaciones fiscales

Recibir una herencia siempre es un evento de doble filo. Por un lado, nos topamos con el legado de alguien que ya no está; y por otro, con una serie de obligaciones fiscales que, si no se gestionan correctamente, pueden convertirse en un quebradero de cabeza.

El impuesto de donaciones y sucesiones

 

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es aquel que grava las adquisiciones gratuitas de bienes y derechos que se producen por herencia, legado, o cualquier otro título sucesorio.

También se aplica a las donaciones y a los seguros de vida cuando el beneficiario no es el contratante.

Es un impuesto progresivo, lo que significa que a mayor valor de los bienes adquiridos, mayor será el porcentaje aplicado.

¿Quién está obligado a pagarlo?

Tanto los herederos como los donatarios están obligados a pagar este impuesto.

La cantidad a pagar dependerá de diversos factores, como el valor de los bienes, el grado de parentesco con el fallecido o donante, y las bonificaciones aplicables en cada comunidad autónoma.

El proceso de la declaración de herencia

 

Para reducir los plazos es necesario conocer los documentos que nos van a solicitar.

Plazos importantes

Es fundamental ser meticuloso con los plazos. Aunque se dispone de seis meses desde el fallecimiento para presentar y liquidar el ISD, es posible solicitar una prórroga de otros seis meses, siempre y cuando esta solicitud se realice dentro de los primeros cinco meses. Es crucial que estés atento a estos plazos para evitar sanciones.

Documenación necesaria

Además de los documentos comunes para este tipo de diligencias legales, como el testamento, los libros de familia , certificados de empadronamiento, etc, es posible que necesites otros como la escritura de propiedad de los bienes inmuebles, facturas que acrediten el valor de los bienes muebles, y documentación relativa a deudas y cargas que pudieran reducir la base imponible del impuesto.

Exenciones y bonificaciones

 

Ambas dependen principalmente de las Comunidades Autónomas de residencia.

Exenciones

Las exenciones varían según la comunidad autónoma.

Por ejemplo, en algunas comunidades, la vivienda habitual del fallecido puede estar exenta hasta un cierto límite si los herederos son descendientes directos y mantienen la propiedad durante un periodo determinado.

Bonificaciones

Las bonificaciones también dependen de la comunidad autónoma y del grado de parentesco.

En algunas comunidades, los cónyuges y descendientes pueden beneficiarse de importantes bonificaciones que reducen considerablemente la cuota a pagar. Por ejemplo, en Madrid, los descendientes y adoptados menores de 21 años pueden beneficiarse de una reducción del 99% en la cuota.

herencia con deudas

La importancia de la planificación fiscal en vida

 

Planificar en vida es la mejor forma de evitar quebraderos de cabeza a los herederos. Hoy día disponemos de herramientas útiles para hacerlo.

Donaciones en vida

Realizar donaciones en vida puede ser una excelente estrategia para reducir la carga fiscal de la herencia. Sin embargo, es importante tener en cuenta que las donaciones también están sujetas al ISD y que, en algunos casos, pueden resultar menos ventajosas que las herencias desde el punto de vista fiscal.

Seguros de vida

Los seguros de vida no solo proporcionan una seguridad financiera a tus seres queridos, sino que también pueden ser una herramienta para reducir la carga fiscal de la herencia, ya que en algunas comunidades autónomas los beneficiarios de los seguros de vida disfrutan de importantes bonificaciones en el ISD.

Si lo prefieres, te llamamos nosotros. Cuéntanos.

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